

Un hombre de 18 años fue capturado en el aeropuerto internacional Matecaña, en Pereira, cuando pretendía viajar a España con 1.398 gramos de clorhidrato de cocaína.
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Según la Policía Metropolitana de Pereira, un perro del Grupo de Carabineros y Guías Caninos de nombre Orlando dio una señal positiva al inspeccionar una de las maletas del ahora capturado.
La institución informó que el hallazgo de la droga se registró durante las diligencias de Inspección rutinaria de equipaje en el área de selección de equipaje.
El hombre tenía un vuelo con destino a Bogotá con conexión a Madrid (España).
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La droga estaba en una maleta de doble fondo.
El alcaloide estaba en una maleta de doble fondo. Foto:policia metropolitana de pereira
La Policía Metropolitana de Pereira informó que el alcaloide estaba camuflado dentro de una maleta con doble fondo.
La sustancia encontrada fue sometida a una prueba preliminar aprobada, arrojando resultado positivo a clorhidrato de cocaína, con un peso total de mil 398 gramos y un valor comercial aproximado de 7 millones de pesos.
El joven deberá responder por el delito de tráfico de drogas. Foto:policia metropolitana de pereira
El joven fue puesto a disposición de la autoridad judicial y deberá responder por la delito de tráfico, fabricación o tenencia de estupefacientes.
El comandante de la Policía Metropolitana de Pereira, coronel Miguel Andrés Camelo, se refirió a este caso: “Quiero mencionar el decomiso de casi un kilo y medio de cocaína en el aeropuerto de Matecaña. Un joven sujeto, de 18 años, se dirigía a España y gracias a los controles que realizó la Policía Nacional con sus guías caninos, se detectaron estos elementos en su maleta. Maleta que estaba equipada con doble fondo. y ahí se logra el decomiso de estos estupefacientes”, afirmó.
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¿Cuál es la pena por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes en Colombia?
El Código Penal en su artículo 376 establece las penas para el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
«Quien, sin permiso de la autoridad competente, ingrese al país, ya sea en tránsito o salga de él, transporte, llevar consigo, almacenar, conservar, preparar, vender, ofrecer, adquirir, financia o suministra a cualquier título estupefacientes, sustancias psicotrópicas o drogas sintéticas que estén incluidas en los cuadros uno, dos, tres y cuatro de la Convención de las Naciones Unidas sobre Sustancias Psicotrópicas, incurrirá en pena de prisión de ciento veintiocho (128) a trescientos sesenta (360) meses y multa de mil trescientos treinta y cuatro (1.334) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.”
La pena por tráfico, fabricación o porte de estupefacientes es de un mínimo de 128 meses. Foto:iStock
«Si la cantidad de la droga no excede de mil (1.000) gramos de marihuana, doscientos (200) gramos de hachís, cien (100) gramos de cocaína o sustancia estupefaciente a base de cocaína o veinte (20) gramos de derivados de amapola, doscientos (200) gramos de drogas sintéticas, sesenta (60) gramos de nitrato de amilo, sesenta (60) gramos de ketamina y GHB, la pena será de sesenta (60) cuatro (64) a ciento ocho (108) meses de prisión y multa de dos (2) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, estipula el citado artículo.
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