




Desde que lanzó su nombre como candidato a alcalde hace tres años, Este economista, políglota y profesor de origen ruso no ha dejado de dar de qué hablar en los medios local, regional, nacional e internacional.
Esta vez vuelve a ser noticia por los llamados de atención que le han hecho los magistrados del Consejo de Estado en la Sala Quinta de ese alto tribunal. esto, ccomo segunda instancia de la demanda de nulidad que ya falló en su contra desde el pasado 27 de febrero el Tribunal Administrativo de Boyacá.
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El alcalde de Tunja nació en Saratov, Unión Soviética (hoy Rusia), hace 47 años. Foto:ALCALDE DE TUNJA.
“Previo a cualquier consideración de fondo, advierto a los jueces que NO ostento la condición de abogado, razón por la cual las referencias normativas y jurisprudenciales contenidas en este documento se han basado en la información disponible a través del buscador Google, con el agravante de mi pobre conocimiento del idioma español.«Advirtió Krasnov, a pesar de que, según la ley, la llamada impugnación sólo podía ser interpuesta por un abogado. De hecho, ya había sido denegada, incluso con un llamado de atención a él y a su abogado, por lo que al parecer su defensa no se arriesgó a poner su nombre en ese documento sabiendo las sanciones que tendrían.
Si bien volvió a ganar algunos días más en su juicio, esta vez los integrantes de la Sala Quinta no sólo piden que se le nieguen al imputado las causales de recusación invocadas en el caso concreto. Esto, enfatizando que no están configurados y que, por el contrario, tienen como objetivo retrasar el proceso. Además, Piden que se apliquen las consecuencias consagradas en el artículo 147 del Código General del Proceso para estos eventos. Es decir, debería ser sancionado con una multa y una investigación disciplinaria.
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En documento fechado el 27 de octubre y dirigido a la magistrada de Nubia Margoth Peña Garzóncomo presidente de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, los magistrados Gloria María Gómez Montoya, Luis Alberto Álvarez Parra, Omar Joaquín Barreto Suárez y Pedro Pablo Vanegas Gil, como integrantes de la Sala Quinta de ese mismo tribunal, alzan sus voces de protesta sobre la insistencia en la recusación formulada por el demandado.
Desde hace ocho meses el proceso de nulidad permanece en el Consejo de Estado. Foto:ALCALDE DE TUNJA.
“Después de que el proceso regresó de la Primera Sección, El Sr. Mikhail Krasnov volvió a recusar a todos los jueces que eran miembros de la Sección Quinta los días 20 y 24 de octubre de 2025.. En tales condiciones, procedemos a pronunciarnos sobre los escritos antes mencionados, en el sentido de no aceptar la recusación, con fundamento en que la parte demandada sostuvo que estamos inmersos en las causas previstas en el numeral 11 del artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo…”, según se lee en el documento.
Posteriormente, justifican que dicha causal no es aplicable al proceso de referencia, toda vez que dicha disposición regula cuestiones relativas a acciones administrativas y no judiciales: “De acuerdo con lo anterior, resulta claro que la impugnación formulada no tiene sustento probatorio ni jurídico que permita desligarse del conocimiento del asunto. En consecuencia, consideramos que No estamos involucrados en ninguna circunstancia que pueda afectar la imparcialidad. con lo cual nos corresponde a nosotros resolver el tema de la referencia”, enfatizan.
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Agregan que “de conformidad con todo lo expuesto, Es evidente que las causales de recusación invocadas en el caso concreto no están establecidas, sino que, por el contrario, tienen como objetivo dilatar el proceso. Por lo que solicitamos respetuosamente que se declare infundado y se apliquen a estos hechos las consecuencias consagradas en el artículo 147 del Código General del Proceso”.
Lo que pide la defensa del demandante
Alcalde de Tunja reconoce que buscó apoyo para la recusación en Google Foto:ALCALDE DE TUNJA.
el abogado Marco Antonio Palma Lunacomo representante del Grupo de Asesoría Jurídica y Representación Jurídica de Colombia (Grup Colombia), ragregó una solicitud de memorial en la que protesta enfáticamente contra la nueva acción interpuesta por el alcalde de Tunja como demandado.
Lo hizo como complemento del pronunciamiento emitido el 27 de octubre, por la Sección Quinta Sala del Consejo de lo Contencioso Administrativo del Estado: “Las acciones procesales del acusado Mikhail Krasnov demuestran una estrategia de demora injustificada, contraria a los principios de lealtad procesal y buena fe. La reiteración de impugnaciones infundadas, presentadas por causa propia y sin sustento probatorio, viola el artículo 295 del CPACA, que regula la sanción de peticiones impertinentes y recursos inadmisibles con multas de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Mikhail Krasnov, alcalde de Tunja. Foto:ALCALDE DE TUNJA.
Reclamar, a su vez, “garantizar de inmediato la continuidad del proceso de nulidad electoral en segunda instanciaordenando la devolución del expediente sin más dilaciones injustificadas a la Honorable Sección Quinta del Consejo de Estado, para evitar que se siga afectando el principio de celeridad, el acceso a la administración de justicia, la eficiencia y eficacia de una justicia pronta y legal.”.
Además, solicita que dentro de esta etapa procesal se requiera a la Fiscalía Séptima General adscrita al Consejo de Estado para quepara que de ser necesario intervenga en pos de la defensa del debido proceso, el acceso a la administración de justicia y una justicia eficiente y efectiva.
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La demanda de nulidad que tiene en la cuerda floja al alcalde
“Declarar el nulidad del acta de elección del señor Mikhail Krasnov, como alcalde del municipio de Tunja, contenida en el formulario E – 26 ALC de 3 de noviembre de 2024de conformidad con lo dispuesto en la parte motivacional de esta sentencia y ordenar la cancelación de la credencial, formulario E – 27, mediante el cual se hizo constar que el imputado fue elegido alcalde del municipio de Tunja para el período constitucional 2024 – 2027”.
Presidente de la capital de Boyacá, Mikhail Krasnov. Foto:ALCALDE DE TUNJA.
Ese es el resumen del significado del fallo de 51 páginas del 27 de febrero de la Sala de Doble Decisión Número 2 del Tribunal Administrativo de Boyacá, que En primera instancia anuló la elección del presidente de la capital de Boyacá. Sin embargo, apeló al Consejo de Estado.donde están a punto de gobernar como último recurso.
A pesar de La demanda de nulidad electoral fue interpuesta 25 días después de la elección del ciudadano rusoes decir, el 23 de noviembre de 2023, Esto sólo fue aceptado hasta el 6 de junio de 2024 y por orden del Consejo de Estado. Éste falló a favor del recurso de apelación presentado por los demandantes, y ordenó al Tribunal Administrativo de Boyacá acoger y tramitar el proceso respectivo, el cual había sido rechazado por uno de sus magistrados.
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El responsable de la demanda, que ha tenido al presidente dando explicaciones desde antes de asumir el cargo, es el Grupo de Asesoría y Representación Jurídica SAS (Grupo Colombia SAS). Logró convencer a la Corte de Boyacá de que Krasnov queda inhabilitado para ejercer el cargo por haber contratado con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC) y ejecutó el objeto del contrato como profesor de idiomas en Tunja, dentro del año anterior a su inscripción como candidato a la alcaldía de dicha ciudad.
La defensa del alcalde
El alcalde Krasnov aceptó que Google fuera informado de recusar a los magistrados del Consejo de Estado. Foto:ALCALDE DE TUNJA.
En su defensa, Mikhail Krasnov ha intentado argumentar que la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia es una entidad apolítica y que su contrato de prestación de servicios suscrito con la UPTC era por horas docentes en los términos del artículo 73 de la Ley 30 de 1992, que establece que los profesores no son empleados públicos ni trabajadores oficiales.
“Mikhail Krasnov firmó un contrato para la prestación de servicios durante el tiempo docentepor un período de tiempo comprendido entre el 6 y 22 de diciembre y el 30 y 22 de diciembre y de conformidad con el siguiente objeto: servicios profesionales de una maestría en economía para capacitación en revisión documental y redacción de artículos científicos en inglés y alemán dirigido a estudiantes del semillero del grupo de investigación Soecol, adscrito al centro de investigación y extensión CENES de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de Tunja”, argumentó en su momento el abogado del alcalde ante el Consejo de Estado.
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Según él, No quedó demostrado ni por el demandante ni por el poder judicial qué desequilibrio se generó en la contienda electoral, a raíz de la firma de un contrato de prestación de servicios profesionales docentes por 25 días.cuyo valor ascendía a 8.129.040 pesos, máxime si el objeto contractual tenía como objetivo la capacitación en la revisión de documentos y redacción de artículos científicos en inglés y alemán.
Harvey Yecid Medina Alfonso
Tunja, Boyacá
Especial para EL TIEMPO