Economía

Lecciones de aprendizaje de la tragedia de la discoteca en Santo Domingo

Lecciones de aprendizaje de la tragedia de la discoteca en Santo Domingo

En la noche del 17 de abril, el techo de la famosa discoteca Chorro en Santo Domingo colapsó, causando la trágica pérdida de 225 vidas. Este fatal incidente ocurrió en medio de una presentación del renombrado cantante y su orquesta, un evento esperado por muchos asistentes que se convirtieron en víctimas de esta calamidad (CNN 2025). Con este colapso, se desmoronó la confianza mínima que cualquier sociedad debería tener hacia los edificios que habitan, visitan o utilizan. Este desastroso suceso no era simplemente un accidente; revela serias fallas en la estructura del lugar y, aunque pueda parecer que no hubo un descuido absoluto por parte del propietario o del estado, las investigaciones probablemente demostrarán lo contrario. De hecho, es evidente que este techo inseguro nunca debió estar en pie.

La discoteca Chorro fue construida hace más de cinco décadas con un propósito completamente distinto al de convertirse en un espacio de entretenimiento contemporáneo, donde la música, las luces y otras actividades generan vibraciones, humedad constante y aglomeraciones. Es difícil imaginar que algo tan devastador pudiera suceder en un lugar tan emblemático. Pero, ¿había alguna manera de prevenir esta tragedia? Al parecer, el riesgo latente siempre estaba presente, incluso si no se podía identificar a simple vista.

Mecanismo de error

Para quienes no han seguido los acontecimientos, es relevante proporcionar un análisis técnico riguroso que ha realizado el ingeniero Jeff Ostroff. Su evaluación sugiere que la estructura del edificio, que originalmente fue diseñada para ser un cine, terminó soportando cargas adicionales que nunca se consideraron durante su construcción, como grandes sistemas de aire acondicionado y vibraciones constantes. Además, el efecto de la contracción térmica del concreto al ser trabajado contribuyó al debilitamiento del techo.

Tragedia: fue una cadena de eventos

La evaluación nos permite entender que no se trató de un accidente aislado, sino de una serie de decisiones y eventos convergentes a lo largo del tiempo que culminaron en esta calamidad. Esto implica una discusión necesaria sobre la asignación de responsabilidades. El propietario evidentemente pasó por alto señales visibles de deterioro, como equipos defectuosos, grietas y otros indicios de decadencia, lo que no lo exime de su responsabilidad. Sin embargo, es incluso más grave la falta de supervisión por parte del estado en este caso.

Es obligación del estado proteger a aquellos que no pueden protegerse a sí mismos. Por lo tanto, no debería permitirse que un establecimiento funcione sin una licencia adecuada que garantice que cumple con las condiciones estructurales mínimas necesarias para la seguridad. La responsabilidad del estado se extiende a la actualización y aplicación de estándares técnicos, así como a la realización de inspecciones regulares que aseguran el cumplimiento de criterios de seguridad.

Además, los profesionales que trabajan en estos edificios también deben ser responsables de garantizar que cualquier intervención asegure la seguridad estructural para el nuevo uso del lugar. Actuar sin garantías de seguridad constituye una violación seria de principios éticos y profesionales.

El debate común en estos casos gira en torno a si el propietario era consciente de los riesgos. Sin embargo, existen pruebas evidentes, como los desprendimientos y grietas en el techo, que indican que el problema era tangible. La cuestión no es sólo si el propietario tenía conocimiento del riesgo, sino por qué no tomó medidas. Asimismo, es cuestionable por qué el estado no realizó inspecciones sistemáticas y demandas para garantizar la seguridad del edificio. Poseer un permiso de operación no debe ser suficiente para declarar un lugar seguro si este permiso no viene acompañado de verificaciones periódicas. La ignorancia no exime al propietario de su responsabilidad, y el silencio del estado no debe considerarse una liberación de sus deberes. La verificación técnica es indispensable para garantizar la seguridad de los ciudadanos, función que debe cumplir el estado.

Hay reseñas en el mundo

En Estados Unidos, donde muchos edificios antiguos cambian de uso, se establece que su seguridad estructural no puede ser asumida indefinidamente. Existen códigos, como el Código internacional de construcción existente (IEBC), adoptados en varios estados, entre ellos California y Florida, que establecen inspecciones periódicas obligatorias, especialmente para edificaciones de más de 30 años, con evaluaciones que deben realizarse cada diez años.

La normativa en el capítulo de Colombia A.10 sobre estándares no publicados para terremotos NSR-10 menciona la intervención en edificios existentes, aunque no con el mismo alcance. Aunque también existen regulaciones sobre modificaciones y extensiones, carecemos de un estándar riguroso que exija la inspección sistemática de las estructuras existentes para garantizar su seguridad.

Aunque hay normativas en caso de incendio, en años recientes se han tomado decisiones cuestionables, como la eliminación de requisitos para las inspecciones técnicas relacionadas con incendios, lo que fue promovido como un avance por las autoridades. Discusiones como estas ponen de relieve la irresponsabilidad de los legisladores, quienes deberían garantizar una comprensión adecuada de cualquier normatividad que promueva la seguridad pública.

La urgencia de la acción

La tragedia de la discoteca Chorro debería ser un llamado a la acción. No podemos esperar a que ocurran más desgracias para reaccionar. Esta responsabilidad no recae solo en el estado; académicos y profesionales de la ingeniería y la arquitectura también deben actuar. Es vital que se exijan votaciones y regulaciones que garanticen la inspección periódica de las estructuras existentes. Los liderazgos técnicos deben ser capaces de anticipar y presionar por decisiones que promuevan la seguridad.

El estado necesita establecer un marco regulatorio para todos los edificios existentes, especialmente aquellos que deben albergar a un gran número de personas. Se debe llevar a cabo una revisión regular que incluya cambios en el uso, aspectos estructurales, condiciones de carga, vibraciones, humedad, corrosión y cualquier señal de deterioro, así como prevención de incendios. En caso de un cambio de uso, no debería ser posible obtener una licencia operativa sin antes llevar a cabo una evaluación estructural. Tal como propone el IEBC, la primera revisión debe realizarse a los 30 años, seguida de revisiones cada diez años, pero es imperativo que en cualquier caso de cambio de uso se realice un examen estructural previo a la concesión de permisos.

La pérdida de vidas no debe considerarse un costo aceptable. Las estructuras inseguras no deben permanecer de pie. No debe ser necesario un evento trágico para despertar la conciencia de quienes tienen el poder y la obligación de actuar.

Rafael Fonseca Zarate

Redacción
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