
sobre su Federación Colombiana de Municipios (Fedemunicios) 10% de los recursos provenientes de multas e infracciones de tránsito impuestas en el patrimonio del país.
«Ganó Bogotá. El Estado del Estado falló en segundo grado a favor de Bogotá En la decisión eso representa más de 492.000 millones de dólares en 2017. Pesos para la ciudad”, afirmó el alcalde Galán.
La demanda que fue en 2018. Sujeta a Fedemunumils, pretendía recibir el 10% de los ingresos generados por multas de tránsito entre 2002. y 2017. años.
La entidad afirmó en su demanda que alega que el artículo 10 de la Ley 766 de 2002. La implementación del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT) en el país. Por ello le dio derecho a recibir ese porcentaje en concepto de multas y le pidió 133.229 millones de dólares en concepto de capital y 225.512 millones de dólares en concepto de intereses de demora, entre otras cosas.
La decisión de los jueces de la máxima administración pública niega las pretensiones de Fedemunum, debido a la falta de pruebas relacionadas con presuntos daños ilícitos generados y además confirmó sanciones y el costo del Distrito para hacerse cargo durante el proceso judicial civil.
Asimismo, ha confirmado que esta Federación no tiene derecho a recibir el 10% de las multas cobradas por el Distrito y que su compensación sólo aplica cuando efectivamente presta la función administrativa de Simit.
El mandatario municipal agradeció el trabajo ejemplar de los Equipos Jurídicos de la Secretaría Distrital, la Secretaría Distrital de Movilidad y la Secretaría Jurídica: «El litigio judicial con grandes implicaciones presupuestarias se resolvió, después de más de 20 años, a favor de los bogotanos».
Es importante señalar que el Distrito alegó en su defensa que la Secretaría de Movilidad Distrital se desempeña directamente desde la recaudación, sin intervención de la Federación. Por tanto, la transmisión del porcentaje indicado sin compensación atenta contra la moral administrativa, lo que implica la satisfacción de intereses privados.
Además, se informó que el plazo para iniciar un proceso judicial habría expirado, ya que la demanda se presentó el 30 de enero de 2018 y solo podrá reclamarse después del 1 de noviembre de 2015. Años.