


La disputa legal entre las dos principales franquicias de belleza de Colombia tuvo un nuevo capítulo con la ratificación de un Fallo a favor del Concurso Nacional de Belleza (CNB), presidido por el cartagenero Raimundo Angulo.
El Tribunal Superior de Cartagena acaba de confirmar la decisión que absuelve a la organización CNB de indemnizar a Miss Universo Colombia (MUC), representada por el despacho del abogado y candidato presidencial Abelardo de la Espriella, por presuntos daños económicos.
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La demanda por daños reputacionales y comerciales
Concurso Nacional de Belleza. Foto:Instagram: @reinadocolombia/X: @ReinadoColombia
El conflicto se remonta a 2020, cuando la empresaria Natalie Ackerman adquirió la franquicia Miss Universo (cedida este año al Canal RCN) y decidió convocar su propio proceso electoral, sin llegar a un acuerdo con Raimundo Angulo, director histórico del Certamen Nacional de Belleza, para la participación de la entonces Miss Colombia, María Fernanda Aristizábal.
• Acusación: La firma De la Espriella Abogados interpuso una demanda de responsabilidad civil extracontractual en 2023. Alegó que las acciones judiciales y extrajudiciales emprendidas por Angulo, buscando exclusividad en la selección de candidatos internacionales, constituyeron una “campaña pública de desprestigio” que provocó una reducción de patrocinadores para el MUC.
• Pretensión: MUC SAS evaluó los daños en 380 millones de pesos. Este monto correspondió a la reducción de patrocinios con Grupo Asthec SA (Forma Tu Cuerpo) y South American Watch (Bulova).
• La CNB había presentado denuncias por usurpación de derechos de propiedad industrial (ante la Fiscalía) y por usurpación de marca e infracción a las normas de competencia (ante la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC).
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La decisión de la Audiencia de Cartagena
Concurso Nacional de Belleza. Foto:Concurso Nacional de Belleza
La Sala Civil del Tribunal Superior de Cartagena ratificó el fallo inicial del Juzgado Tercero Civil del Circuitorechazando los reclamos de Miss Universe Colombia.
El fallo, con presentación del juez Oswaldo Zárate, concluyó que:
1. No se demostró mala fe: No se encontraron indicios de «imprudencia, mala fe, imprudencia, incompetencia o negligencia» por parte del CNB que permitieran afirmar un abuso del derecho a litigar contra el MUC.
2. No hubo ninguna intención maliciosa de afectar: Las acciones legales interpuestas por Angulo (penal y civil) no se interpretan como una intención maliciosa de afectar la franquicia.
3. Campaña de desprestigio no probada: La Corte aseguró que una “campaña pública de desprestigio” requiere acciones “sostenidas y focalizadas durante un tiempo determinado”, panorama que no quedó demostrado en el caso.
La decisión libera al CNB de la obligación de indemnizar a Miss Universe Colombia.
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Otros errores
Concurso nacional de belleza, versión 2019. Foto:John Montaño/EL TIEMPO
Esta pelea ganada por la organización de Raimundo Angulo se suma a un panorama judicial mixto para ambas partes.
En septiembre pasado, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó una decisión anterior de la SIC que favoreció a Miss Universo Colombia en este pulso judicial:
• No infracción de derechos: La SIC y el Tribunal de Bogotá confirmaron que el MUC no violó los derechos de propiedad industrial alegados por Raimundo Angulo al elegir su propia representante para Miss Universo.
• ‘Miss’ no es una denominación de origen: Se determinó que el adjetivo “Miss” acompañado de los nombres de los departamentos (como “Miss Bogotá” o “Miss Valle”) no puede ser considerado una denominación de origen ni está sujeto a la protección exclusiva que busca la CNB, desestimando los alegatos del abogado de Angulo, Álvaro Agudelo.
• No hay competencia desleal: El Tribunal confirmó que el MUC no violó ninguna norma al elegir a su candidato y que las acusaciones sobre presunta competencia desleal estaban extemporáneas.
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La próxima etapa será la Corte Suprema
El debate sobre la exclusividad del uso de nombres como ‘Miss Colombia’ y denominaciones departamentales llegará a la Corte Suprema de Justicia.
En un recurso de apelación, la Corte deberá resolver esta demanda en la que, según el MUC, Raimundo Angulo pretende “mantener una posición privilegiada dentro del mercado de certámenes de belleza en Colombia” e impedir el ingreso de otra competidora.
Además, te invitamos a ver nuestro documental:
Documental de la periodista Jineth Bedoya Foto:
cartagena