
Con el senador y el candidato presidencial del Centro Democrático, hemos presentado una solicitud ante el Tribunal Constitucional que impugna la validez del Artículo 54. Este artículo establece impuestos sobre las bebidas azucaradas (UCI), así como impuestos Ultra, los cuales están contenidos en los artículos 513-1 a 513-13 de los estatutos fiscales. Este enfoque legislativo ha generado gran preocupación y disenso entre diversas partes interesadas en el país.
En nuestras demandas, evidenciamos que estos impuestos fueron introducidos por el gobierno de Petro bajo la justificación de ser medidas de salud pública. Sin embargo, argumentamos que en la práctica, tales impuestos are una violación directa de los principios del capital fiscal y de la capacidad de contribución. Esta política afecta de manera desproporcionada a pequeños fabricantes, licencias y consumidores colombianos. Este contexto crea una serie de desequilibrios que no se pueden ignorar.
Además, es crucial destacar que estos impuestos se aplican a lo largo de toda la cadena de producción. Esto implica que se gravan en cada etapa del proceso productivo, lo cual, cuando involucra a múltiples actores, genera un efecto acumulativo. Como resultado, el costo del producto final se incrementa significativamente. De este modo, una pequeña empresa que se encarga de empaquetar y distribuir un producto termina pagando impuestos en cada fase, a diferencia de las grandes empresas que se ven favorecidas al estar integradas solo en un único punto del proceso. Esta situación constituye una clara violación del principio de capital horizontal, y, de hecho, penaliza a los pequeños mientras beneficia a las grandes corporaciones. Esta desigualdad fundamental se erige como una amenaza a los principios constitucionales y afecta de manera más severa a los sectores más vulnerables de la población.
Las estadísticas sobre las ventas son contundentes. Según Fenalco, se ha reportado que el 80% de las bebidas azucaradas en Colombia se vendieron a través de tiendas, las cuales ya están sintiendo el impacto negativo de estos nuevos impuestos. A su vez, Fenaltiendas reveló que el 60% de las tiendas han visto una caída en sus ventas a raíz de la implementación de estos tributos, y un preocupante 59% ha buscado alternativas sustitutivas para evadir los productos gravados, lo que inevitablemente ha elevado los precios de la canasta familiar.
«En lugar de ofrecer protección a las tiendas y pequeños comerciantes, las políticas establecidas por Petro les imponen una carga tributaria insostenible y desproporcionada. ¿Cómo puede hablar de justicia social cuando aquellos que menos tienen se ven doblemente perjudicados?»
Otro punto crítico en nuestra demanda es la noción de que el impuesto se aplica incluso en situaciones donde no hay una manifestación tangible de riqueza, tales como donaciones, fusiones o contribuciones a empresas. Esto se traduce en: «se grave a aquellos que desean donar o fusionar, sin obtener ganancias previas. No solo es irracional, sino que representa una violación clara del principio constitucional de capacidad de contribución.» Esta situación debe ser abordada urgentemente para evitar injusticias adicionales.
Por estos motivos, hacemos un firme llamado al Tribunal Constitucional para que declare como injustificados los artículos 513-1 a 513-13 del estatuto fiscal. También pedimos que el Congreso revise la política fiscal en su totalidad, con objeto de que no se sacrifique a los pequeños productores ni a los consumidores más vulnerables en nombre de estrategias que no enfrentan adecuadamente los retos de nuestra economía.
Sandra Forero