A partir del lunes 6 de abril de 2026 se iniciará una reforma que introduce cambios estructurales en la forma de manejar los procesos laborales y de seguridad social.
vicepresidente Consejo Superior de la JudicaturaClaudia Expósito Vélez enfatizó que la Corporación se prepara para garantizar la adecuada implementación de normas en todo el territorio nacional y destacó los alcances de esta ley para la justicia laboral en el país.
“Estamos ante una reforma estructural que introduce transformaciones esenciales en la organización, jurisdicción y dinámica procesal de esta especialidad. La Ley 2452 de 2025 no sólo moderniza el procedimiento laboral, sino que también responde a la necesidad de fortalecer la garantía efectiva de los derechos derivados de las relaciones laborales y de la seguridad social”.
La corporación cambió los nombres de los juzgados de asuntos laborales menores que funcionan en el país y encargó a las direcciones departamentales de administración judicial que realicen los ajustes necesarios en el sistema de información y distribución de los tribunales. También se dispone que en aquellos municipios donde no exista jurisdicción laboral municipal, deberá cerrarse definitivamente la distribución de trabajo para los juzgados de causas menores y jurisdicción múltiple en materia civil. En estos casos, la distribución se derivará a los Tribunales de Distrito Laboral, de Distrito Civil o de Distrito Promiscuo, según corresponda.
En cuanto al régimen transitorio, se determinó que los procesos judiciales laborales que fueron sometidos a distribución hasta el 1 de abril de 2026 continuarán con su tramitación y que serán decididos esencialmente por los servicios a los que fueron asignados originalmente.
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