
En Bucaramanga, si su vehículo aún no está registrado y desea evitar las complicaciones de la norma actual que regula la circulación vehicular, el alcalde de Bucaramanga, junto a la Dirección de Tráfico, ha implementado una propuesta atractiva: aquellos que se decidan a trasladar el registro de su vehículo a la capital de Santander podrán disfrutar de un año completo sin restricciones de pico y placa.
Esta excepción en la medida se aplicará entre las 9:00 AM y las 5:00 PM. Si está interesado en aprovechar esta oportunidad, a continuación se detallan los pasos que deberá seguir:
- Consulte en la agencia de tránsito correspondiente sobre el proceso de inscripción del vehículo para llevar a cabo la transferencia de su registro a Bucaramanga.
- Una vez que se confirme la recepción de los documentos necesarios en Bucaramanga, la cuenta quedará registrada en la Dirección de Tráfico.
Noveno intercambiador, en Bucaramanga
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Oficina de Alcalde de Bucaramanga
Para llevar a cabo este procedimiento, es fundamental que tenga en cuenta los requisitos a continuación:
- El vehículo debe estar registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
- Contar con el SOAT vigente y haber realizado la revisión técnica mecánica previa al RUNT.
- No tener deudas pendientes por impuesto vehicular en el municipio o departamento donde se inscribió el vehículo.
- Estar libre de multas de tránsito registradas en el Sistema Integrado de Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT).
- Diligenciar la solicitud para los procedimientos del Registro Nacional Automotor, la cual debe estar firmada por el propietario y acompañada de los documentos de soporte necesarios.
- Incluir una copia del documento de identidad y presentar la licencia de tránsito original.
La medida de sanción comenzará a gobernar a partir del 16 de julio de 2025.
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Google Maps
Después de cumplir con todos estos requisitos, dirígete a las ventanillas de registro automotriz en la Dirección de Tráfico, donde deberás presentar toda la documentación mencionada y realizar el pago correspondiente para sellos, placas y la hoja de licencia en una sucursal bancaria.
Es importante mencionar que, a partir de la fecha de presentación y aceptación de la solicitud de transferencia de cuenta en la agencia de tráfico de origen, tendrás un plazo máximo de 60 días hábiles para completar la inscripción del vehículo en Bucaramanga.
En el caso de que el propietario del vehículo sea una entidad legal, debe presentar un certificado de existencia que acredite su representación legal, el cual no debe tener una antigüedad mayor a 30 días. Si el propietario no puede realizar el trámite en persona, necesitará otorgar un poder notarial a una tercera persona para que lo represente.
Los vehículos que provengan de municipios externos de Santander estarán sujetos a las restricciones por el pico y placa, cuya sanción comenzará el 16 de julio de 2025, según lo establecido en la resolución 017-2025.
Esta es la resolución 017 de 2025 emitida por el departamento de tráfico.
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Archivo privado
¿Qué dice la resolución 017-2025 en relación al pico y placa?
De acuerdo al documento emitido a principios de este año por la Dirección de Tráfico de Bucaramanga:
«Para los vehículos de importación temporales y/o aquellos registrados en el extranjero que ingresen al municipio, se aplicará la restricción vehicular de acuerdo al último dígito de la placa, sin considerar las letras finales, siempre que la permanencia en la ciudad sea superior a ocho (8) días hábiles, lo cual se puede verificar mediante la fecha de expedición de la orden de importación temporales y/o el permiso de aduanas internacionales del DIAN.»
Además, menciona: “Con respecto a los vehículos registrados en otros municipios fuera del Departamento de Santander, se aplicará el pico y placa bajo la modalidad par e impar, con las excepciones pertinentes. Por ejemplo, los vehículos cuya placa termina en 2, 4, 6, 8 y 0 no podrán circular en días pares, y aquellos con placas que terminen en 1, 3, 5, 7 y 9, no podrán hacerlo en días impares.”
Esta disposición estará vigente del 16 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025.
María Alejandra González Duarte
Escritura de nación