


El 24 de junio el ciudadano Eduardo Soto Frías exigió la resolución del Ministerio de Transporte que permita y regule el tránsito de flotadores turísticos eléctricos en el paísy, además, solicitó la suspensión provisional de la normaalegando supuestas ilegalidades en la clasificación del servicio.
Por la Administración Distrital de Cartagena, La resolución solicitada es el eje vertebrador del Plan de Sustitución de Coches de Propulsión Animal, proyecto para el que el alcalde de la ciudad, Dumek Turbay, está contando las horas para que los primeros coches eléctricos circulen por el Centro Histórico.
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¿Cuál es el auge de los coches eléctricos nuevos en Cartagena?
R/. Que cada uno tenga al menos un caballo de fuerza.
Me salgo… ¡Chao! pic.twitter.com/JAjLKHDH81
—Jimmy Montes (@JIMOTE) 16 de enero de 2024
Ante este ‘palo que está cruzando las ruedas del proyecto’, la Alcaldía ha intervenido formalmente ante la Sección Primera del Consejo de Estado defender la vigencia de la Resolución 20243040046465 del Ministerio de Transporte, norma que permite y regula el tránsito de flotadores turísticos eléctricos en el país.
La verdad es que Las primeras carrozas eléctricas, calificadas por el alcalde como un ‘regalo de Navidad para Cartagena’, se encuentran en la ciudad desde el pasado 1 de diciembrey el El distrito prometió que rodarían antes del 24 de diciembre.
El Distrito, a través de su Asesoría Jurídica, interpuso recurso de reconsideración contra el auto admitiendo un recurso de nulidad simple, alegando integración indebida del adversario por no haber sido vinculado como tercero con interés directo en el proceso.
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Plan de reemplazo en riesgo
Coches eléctricos para el turismo en Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Las autoridades de la ciudad recuerdan que entre los beneficios que traerá este proyecto a Cartagena se encuentran:
– Erradicar el maltrato animal en la ciudad.
– Reforzar las oportunidades laborales para los conductores de autocares.
– Formalizar el transporte turístico.
– Generar un nuevo atractivo turístico para la ciudad.
Para enfrentar este pulso judicial, el Distrito adoptó lineamientos a través de un decreto local, estableciendo un cupo máximo de 62 carrozas eléctricas para “ordenar el servicio, evitar la informalidad y proteger la movilidad” del Centro Histórico.
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Los argumentos del distrito
Coches eléctricos para el turismo en Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Alcalde Turbay advierte que cualquier decisión que anule la resolución nacional impactará de manera inmediata en la ejecución local del proyecto, los cupos autorizados y la continuidad laboral de los cocheros. y en la planificación turística. Por ello, el Distrito sostiene que su exclusión del proceso judicial constituye un defecto que compromete la validez de cualquier sentencia definitiva.
La Alcaldía citó jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional que establece que la omisión de un tercero con interés directo genera nulidad procesal.
– Legitimación directa: El Distrito alega que cumple con todos los criterios de legitimación material, toda vez que dictó actos administrativos, autoriza las carrozas, otorga placas y ejecuta una política pública de bienestar y movilidad animal que depende directamente del acto reclamado.
– Autonomía Territorial: La Alcaldía sostiene que no es un tercero pasivo, sino un sujeto indispensable en el adversario, cuya intervención debe estar garantizada por el mandato constitucional de autonomía territorial y debido proceso.
La demanda también sería la puerta para otros empresarios, que ya hacen cola, Podrían operar con autos eléctricos en el corral de piedra más querido por los colombianos.
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Petición clave al Tribunal Superior
De derecha a izquierda: Alcalde de Cartagena Dumek Turbay, su esposa y Alejandro Riaño. Foto:John Montaño/EL TIEMPO
En el recurso, el alcalde Turbay presentó dos solicitudes fundamentales ante el Consejo de Estado:
1. Revocar la orden de admisión: Por la integración indebida del adversario, reconociendo los “GRAVES ERRORES PROCESALES”, y ordenando la conexión formal del Distrito de Cartagena al procedimiento.
2. Denegar suspensión provisional: Si la orden no es revocada, solicita que se declare inadmisible y se niegue la suspensión provisional de la Resoluciónargumentando que el demandante no demostró la existencia de un daño inminente, grave e irreparable.
Turbay precisó que la pérdida temporal de ingresos que alega el actor es «posible y susceptible de futura indemnización».
Mientras se resuelve la demanda, la Alcaldía reafirma su compromiso con el proyecto.
Además, te invitamos a ver nuestro documental:
Documental de la periodista Jineth Bedoya. Foto:
cartagena