
Desde el 1 de julio de 2025, la responsabilidad de alimentar a las personas privadas de libertad (PPL) en las estaciones de policía y en las unidades de reacción inmediata (URI) en Colombia recaerá en los municipios y departamentos. Esta medida se ha establecido de acuerdo con la ley 2346 de 2024, que busca abordar una problemática crítica en el sistema de justicia penal del país. Esta regulación ha sido una respuesta al fallo SU-122 de 2022 del Tribunal Constitucional, que dictó que la unidad de Servicios Penitenciarios y Prisiones (USPEC) seguirá proporcionando este servicio hasta el 30 de junio de 2025, brindando así un período de transición que permitirá a las entidades territoriales planificar adecuadamente la provisión de alimentos en los centros de detención temporal.
En este contexto, actualmente, alrededor de 17,000 personas privadas de libertad en los centros de detención transitoria están recibiendo alimentos proporcionados por la USPEC. Para el año 2024, se prevé que un artículo presupuestario de $670,656 millones sea asignado para cubrir esta necesidad, lo que refleja la magnitud del reto que enfrentan las autoridades locales.
Preocupación en el Caribe: los gobernadores levantan la voz
Los gobernadores del Caribe se niegan a asumir la responsabilidad de alimentar a los detenidosFoto:Gobernación del Atlántico
La nueva responsabilidad ha suscitado alarmas entre los gobernadores de la región del Caribe, quienes advirtieron sobre la falta de recursos asignados para cumplir con esta obligación. Uno de los principales voceros de estas inquietudes es el gobernador del Atlántico, Eduardo Summer, quien ha dejado claro que no se puede asumir una carga adicional sin la debida asignación de recursos.
No pueden darnos mayores tareas a las entidades territoriales sin asignar recursos para estas tareas, esto está claro en la Constitución.
Eduardo Summer de la RosaGobernador del Atlántico
En Barranquilla, el distrito de Personería ha revelado que, a partir de mayo de 2025, hay 748 personas privadas de libertad que se encuentran en estaciones de policía, cuando la capacidad máxima es de 310 personas, lo que genera un hacinamiento alarmante del 241%. Del total de estas personas, el 87,43% se encuentra bajo medida intramural y sin convicción definida. Esta situación absurda refleja la crisis del sistema penitenciario.
Además, el gobernador de Bolívar, Yamil Arana, también ha compartido su desacuerdo con esta disposición. En su departamento, alrededor de 3,000 personas están en una situación similar, lo que representa una considerable carga fiscal.
Nos están obligando a elegir entre alimentar a las personas privadas de libertad o garantizar la alimentación escolar de nuestros hijos. Entendemos el componente humanitario del asunto, pero esto no puede ser una competencia de entidades territoriales.
Yamil Arana PadauiGobernador de Bolívar
El gobernador de La Guajira, Jairo Aguilar, también ha expresado su preocupación resaltando que «Anteriormete, no hay nadie para poder cumplir con algunos requisitos específicos para el acompañamiento de las cárceles. En nuestro caso, estamos anunciando para terminar la prisión del distrito de Riohacha, pero todos los demás están obligados a descongestionar y superar la crisis humanitaria que estamos viviendo».
Advertencias del defensor del pueblo y el tribunal constitucional
Hacinamiento en estaciones de policía.Foto:Cortesía
El defensor del pueblo ha advertido que, a partir del 1 de julio de 2025, aproximadamente 17,500 personas privadas de libertad en las estaciones de policía y URI podrían quedarse sin comida si no se asume esta responsabilidad por parte de las entidades territoriales. Esto puede acarrear graves consecuencias.
El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, ha enfatizado que «La falta de alimentos podría generar una grave violación de los derechos humanos y un alto riesgo de orden público afectado debido a una posible parálisis alimentaria». Este llamado de atención es crucial, ya que habla de las condiciones inhumanas a las que se puede someter a estas personas vulnerables.
Además, el Tribunal Constitucional, en su sentencia SU-122 de 2022, ha señalado que existe una violación sistemática y generalizada de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad en los centros de detención transitoria. En este sentido, el Tribunal ha ordenado a las entidades territoriales que verifiquen el régimen de afiliación o garantía de salud de cada persona detenida preventivamente y que gestionen la atención médica y aseguren las transferencias necesarias para garantizar una provisión rápida y continua de los servicios requeridos.
Llamar a la acción: necesidad de soluciones concertadas
La gran asamblea del CaribeFoto:Gobernación del Atlántico
Dadas las complejidades de esta situación, los gobernadores del Caribe hacen un llamado al gobierno nacional para que se asignen los recursos necesarios y se establezcan mecanismos de financiamiento que permitan cumplir con esta nueva responsabilidad sin comprometer otros programas sociales. Es imperativo que la implementación de la ley 2346 de 2024 se desarrolle en un entorno de coordinación efectiva entre las entidades territoriales y el gobierno nacional, con el fin de garantizar los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad y prevenir una crisis humanitaria inminente en los centros de detención transitoria.
La dimensión de este problema representa un desafío significativo para las autoridades locales, las cuales deben equilibrar sus recursos limitados mientras intentan satisfacer las múltiples necesidades de la población. La colaboración y el diálogo entre los distintos niveles de gobierno son esenciales para encontrar soluciones viables y sostenibles que respeten la autonomía fiscal de las entidades territoriales y que aseguren el bienestar de las personas privadas de libertad.