
Este 21 de noviembre, la Fiscalía Tercera Delegada de Contrataciones del Estado formuló un pliego de cargos contra el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, por las supuestas irregularidades relacionadas con la expedición del Decreto 412 de 2023, con el cual se habrían materializado modificaciones al Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad para cambiar el uso de suelo del mega lote ‘Aguas Vivas’, por el cual se acusa y será acusado al expresidente precisamente a las 3 de la tarde por la Fiscalía General de la Nación.
Las acusaciones presentadas por el Ministerio Público incluyen a Jasbleidy Pirazán García, exdirectora del Departamento Administrativo de Planeación; Mauricio Valencia Escobar, exsecretario de Desarrollo Económico; Juan David Agudelo Restrepo, exsecretario de Educación; Rivier Hernando Gómez Cuevas, exsecretario de Innovación Digital y Fabio Andrés García Trujillo, exsecretario general.
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Los detalles del documento.
En el documento, la Fiscalía General señala que Quintero habría firmado el Decreto 412 de 2023, contrario al interés público y con el aparente fin de favorecer intereses ajenos. La firma de dicho documento habría provocado que el exalcalde se extralimitara en el ejercicio de su facultad normativa.
Luego de analizar el material probatorio presentado, respecto de la conducta del exalcalde y sus subordinados, el ente de control decidió formular un pliego de cargos por la causal de fraude y con la calificación provisional de falta muy grave contra los involucrados.
Respecto a la investigación contra el exalcalde, el documento de la Procuraduría General de la República dice: “Al parecer, el entonces alcalde infringió sustancialmente su deber funcional al incorporar los artículos 32, 33 y 36 del Decreto 412 de 2023, por el cual se regula el Valle del Software como un programa de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones, y se extralimitó en su potestad normativa, al otorgar usos urbanos a un área determinada por el POT como Espacio Público Proyectado, permitiendo la intervención urbana de áreas categorizadas como suelo de protección y estableciendo usos que, según el Acuerdo 48 de 2014, están prohibidos, en relación con el tratamiento urbano definido para el Ecoparque Las Palmas.»
Seguidamente, en la formulación de cargos, la Procuraduría General de la República manifestó: “Con la firma del citado acto administrativo, de acuerdo al análisis jurídico y técnico realizado por la Alcaldía sobre los artículos 32, 33 y 36, se determinó que su contenido excedió el ejercicio de la potestad reglamentaria y contradice abiertamente lo dispuesto en el Acuerdo 48 de 2014, toda vez que incorporó usos y actividades contrarios al POT y asignó normas de uso urbano, altura e índice de ocupación, atribuyéndose facultades que estaban no entregado a la entidad distrital».
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El caso ‘Aguas Vivas’
El caso por el que será imputado el exalcalde a las 3 de la tarde de este viernes 21 de noviembre y por el que la Fiscalía General de la República presentó cargos en su contra tiene su origen en el megalote Aguas Vivas, un inmueble de 146.000 metros cuadrados que fue transferido a la administración distrital de Medellín en 2019 mediante escritura pública número 5762, en la que el distrito recibió el inmueble como compensación de obligaciones. planificación urbana.
Este terreno, que se encuentra ubicado en la Calle 9a Sur #11-16 entre Las Palmas y el municipio de Rionegro, tiene restricciones de construcción establecidas en el POT. Esto se debe a que ‘Aguas Vivas’, como su nombre lo indica, fue catalogado como un ecoparque de borde y arroyo, caracterizado por sus afluentes.
Por ello, los propietarios, dos firmas constructoras, terminaron cediendo el terreno a la ciudad en la cifra antes mencionada, lo que representaba, de alguna manera, beneficios futuros de la construcción, anticipándose al cumplimiento de la normativa correspondiente para la construcción de cualquier inmueble.
Al momento de la entrega, el terreno estaba valorado en $2.711.582.000, sin embargo, luego de una serie de tasaciones inusuales, el terreno quedó valorado en $42.719.344.667.
Esta valoración desencadenó un litigio entre los antiguos propietarios y la administración del distrito. Los primeros señalaron que habían sido perjudicados y que ‘habían perdido dinero’, por lo que querían que el municipio reconociera la diferencia.
De hecho, se realizó una reunión entre las partes para conciliar, y la administración distrital terminó accediendo a pagar la diferencia. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Antioquia juzgó todo lo sucedido como un conflicto con la ley y también señaló que la conciliación representó un compromiso grave de recursos públicos perjudicial para el patrimonio del distrito. Por tanto, el acta de conciliación quedó sin efecto.
Pero las irregularidades en la conducción del caso no habrían culminado ahí. Tras la decisión, y mediante resolución emitida el 26 de octubre de 2022 por Fabio Andrés García Trujillo, Subsecretario de Ejecución Contractual de la Secretaría de Suministros y Servicios, se rescindió unilateralmente el contrato de libre transferencia con los ex propietarios de Aguas Vivas y se les devolvió el lote.
Esta actuación también fue irregular, ya que la posición jerárquica de García no le permitía realizar dicho acto administrativo. Además, esta resolución no fue sometida a un estudio que estableciera la conveniencia de celebrar el acuerdo, considerando que ya formaba parte del patrimonio de la ciudad.
El tema es que el lote de Aguas Vivas había quedado fuera de los parámetros del área de construcción comercial de la ciudad en base a lo establecido en el Acuerdo 48 de 2014: el Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín. En ese sentido, el terreno ingresó al banco de terrenos de la alcaldía de la ciudad.
Más precisamente, el lote de Aguas Vivas acabó bautizándose como Ecoparque Las Palmas, y allí la alcaldía de Daniel Quintero pretendía dar forma a uno de sus proyectos más ambiciosos, el Parque Ambiental Valle del Software, un gran complejo formado por todo tipo de estructuras urbanas. Sin embargo, por las características del terreno (95% rural y sólo 5% urbano), este enfoque iría en contra del POT.
En su numeral 5, el POT de Medellín establece que cualquier obra deberá cumplir con las condiciones allí determinadas en materia de intervención y ordenamiento territorial. Respecto de esta consideración, se constató la inconsistencia normativa por la que Quintero y sus exfuncionarios están bajo la lupa de la justicia.
El 12 de mayo de 2023, el exalcalde Quintero firmó el Decreto 412 mediante el cual se establecieron los parámetros que le darían sentido al Valle del Software, bandera de su administración.
En ese documento también se propuso la regulación del Parque Ambiental Valle del Software, que actuaría como sede de esta iniciativa y que estaría ubicado en el lote Aguas Vivas, ya denominado Ecoparque Las Palmas.
Entre lo previsto para el espacio estaba la construcción de infraestructura pública o privada para el alojamiento permanente o temporal de científicos, estudiantes y/o visitantes que asistieran a las instalaciones principales para colaborar en el proyecto que allí se convocaría. Además, el Decreto 412 de 2023 establece que también se construirían hoteles de negociación tecnológica y centros de educación digital.
La firma de este documento representó ir en contra, precisamente, de varios artículos del Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín, en tanto, para darle sentido al uso del lote, se establecieron funciones y objetos que modificaron el uso del terreno regulado para Aguas Vivas, el cual está catalogado como un ecoparque de borde y quebrada, caracterizado por sus múltiples afluentes.
NICOLÁS TAMAYO ESCALANTE
Periodista de Nación, en Medellín.