Un hombre de 45 años asesinó con un cuchillo a su propia madre, de 68, en Villamaría (Caldas), el pasado jueves 6 de diciembre.
Según el periódico La Patriael hombre le provocó 19 heridas a la mujer con un arma blanca.
Plaza principal de Villamaría (Caldas). Foto:Juan Jairo Bonilla
El hecho ocurrió al interior de una vivienda en el sector Turín San Diego, en el centro sur del municipio de Caldas, colindante con Manizales.
La policía tuvo que capturar al presunto asesino con una pistola Taser
Debido a los llamados de auxilio de la comunidad, la Policía llegó a la casa donde se registraron los hechos. Al llegar al lugar, el presunto homicida se mostró muy molesto e intentó agredir a los uniformados, por lo que fue necesario utilizar una pistola Taser para someterlo.
El Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), de la Fiscalía General de la República, se hizo cargo del caso.
Las autoridades investigan el caso (imagen de referencia). Foto:ciudadtv
¿Cuál es la pena por asesinar a la madre en Colombia?
En Colombia se considera muerte de la madre, cónyuge o quien forme parte de la unidad familiar. homicidio agravado, con penas de prisión que varían según las circunstancias.
Artículo 104 del Código Penal establece una pena de 400 a 600 meses de prisión (aproximadamente 33 a 50 años) por el homicidio cometido en estas circunstancias, entre otras agravantes.
Las penas por asesinar al padre o a la madre son altas en Colombia. Foto:iStock
La pena será de cuatrocientos (400) a seiscientos (600) meses de prisión, si la conducta descrita en el artículo anterior se comete:
- En cónyuges o parejas permanentes; en el padre y la madre de familia, aunque no vivan en el mismo hogar, en los ascendientes o descendientes de los anteriores y de los hijos adoptados; y en todas las demás personas que se integren permanentemente en la unidad doméstica.
- Preparar, facilitar o consumar otras conductas punibles; ocultarlo, asegurar su producto o impunidad, para sí o para sus coparticipantes.
- Por cualquiera de las conductas previstas en el Capítulo II del Título XII y el Capítulo I del Título XIII, del libro segundo de este código.
- Por precio, promesa de remuneración, afán de lucro o por cualquier otro motivo abyecto o inútil.
- Utilizando la actividad de intachable.
- Colocar a la víctima en una situación de indefensión o inferioridad o aprovecharse de esta situación.
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