

Él Quinto tribunal penal del circuito, con funciones de conocimiento de Valledupar, impuso una sentencia de prisión de cuatro años a los médicos Ivoris Badislao Gutiérrez Vargas y Zaira Alejandra Velasco Nieto, Después de ser declarado culpable de estafa agravada en detrimento de los esposos Roberto Quiroz Simanca y Aura Isabel de Alba Ruiz, quienes confiaban en un proyecto comercial que resultó ser fraudulento.
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Él El fracaso de la segunda instancia detalla que los acusados actuaron con intención desde el principio, presentando a una empresa como legítima y ofreciendo participación en la participación que nunca formalizaron. La oficina considerada demostró que los acusados ocultaron información relevante, Desviaron recursos para fines distintos del negocio propuesto y constituyeron otra sociedad paralela sin informar a los contribuyentes.
Como se indica en el archivo, los eventos se remontan al 26 de septiembre de 2014, cuando los cónyuges Roberto Eduardo Quiroz Simanca y Aura Isabel de Alba Ruiz, Consignaron la suma de $ 150,000,000 de pesos en la cuenta bancaria perteneciente a la compañía Lavaple Lavandería SAS especializada, cuya gestión financiera fue ejercida por el Sr. Ivoris Bladislao Gutiérrez Vargas, Al mismo tiempo, para lo mencionado, le dieron, en efectivo, la suma de $ 4,500,000 pesos.
Promesas de participación que nunca se cumplieron
Justicia. Foto:
De acuerdo con el registro judicial, Estas personas habían acordado previamente con Gutiérrez Vargas y su compañera sentimental, Zaira Alejandra Velasco Nieto, contribuyendo con un capital de $ 300,000,000 de pesos, Para habilitar comercialmente la operación de la compañía de lavandería especializada, creada el 16 de enero de 2013, de las cuales estos últimos fueron los únicos accionistas, y por cuyas contribución, los cónyuges Quiroz de Alba, se convertirían en socios y obtendrían una participación en el 33 por ciento.
Tiempo después del desembolso del primer recurso monetario a los activos de la Compañía y después de un análisis contable, los cónyuges Quiroz de Alba detectaron que la compañía Lavaple especializó SAS no generó los resultados económicos esperados y que su participación en la participación no se había formalizado legalmente. Por tales razones, decidieron exigir cuentas a los Sres. Ivoris Bladislao Gutiérrez Vargas y Zaira Alejandra Velasco Nieto, representante legal y socio, respectivamente, sin encontrar una respuesta satisfactoria a tal aspecto «
En este mismo contexto, se destaca el documento judicial que Los maridos quiroz de alb alb para lo cual habían utilizado los recursos y la fachada de la compañía Lavaple Lavandería SAs especializada SAS, dejando a esta última como una entidad de ‘papel’ y sin el recurso económico que inicialmente, los habían contribuido.
La queja y sanciones judiciales
Proceso judicial. Foto:Istock
“Para los eventos anteriores y solo hasta febrero de 2017, los Lords Roberto Eduardo Quiroz Simanca y Aura Isabel de Alba Ruíz presentaron una queja ante la Oficina del Fiscal General, iniciando así una investigación contra el Sr. Ivoris Bladislao Gutiérrez Vargas y Zaira Alejandra Velasco Nieto, Al considerar que supuestamente incurrirían en el delito de fraude agravado ”, enfatiza el documento.
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Después del proceso judicial, El quinto tribunal penal del circuito también impuso a los sentenciados, una multa de 90 salarios mínimos legales mensuales vigentes en 2014, así como fueron discapacitados para el ejercicio de los derechos y funciones públicas para un término igual al de la anterior.
El fallo también destaca que A estas personas se les otorgó el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la privación de la libertad.
Suspensión de la condena y apelación
Panorámico de Valledupar. Foto:Cortesía del alcalde de ValledUpar
«Su suspensión se ordena por un período de prueba de tres (3) años y la imposición de las obligaciones contenidas en el Artículo 65 del Código Penal, que garantizará el pago de una predicción por el monto de un salario mensual mensual mensual mensual en vigor en el año 2025que cada uno y por separado deben consignar en la cuenta de los depósitos judiciales a favor de este tribunal, de acuerdo con las indicaciones y el procedimiento que establecerá el Centro de Servicios Judiciales de los Tribunales Penales de Valledupar ”, dice el documento.
Contra esta decisión, la apelación procede en los términos indicados por la Ley 906 de 2004.