
En diálogo con El Tiómpo, el presidente Alejandro Char celebró la determinación. «Finalmente. Qué buenas noticias. No es justo. Habíamos estado esperando esa manera durante 20 años y la iban a cobrar. Era una carga fiscal que no íbamos a permitir».
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Él también dijoque de la Oficina del Alcalde respaldó las demandas que varios senadores locales presentaron ante el Consejo de Estado. «Parece exitoso que se dan, esto (el fallo) permite que no suceda en otras regiones del país», concluyó.
Alejandro Char, alcalde de Barranquilla, en una entrevista con El Tiempo en el Foro de la OCDE Foto:Sergio Cárdenas. Tiempo
Efraín Cepeda Tarud, presidente del Comité Intergremial Atlántico, también en diálogo con este periódico del Centro de Convenciones de Golden Puerta, se refirió a la decisión del tribunal.
«Desde el intergremial del Atlántico celebramos la decisión. Eso ya no está sin piso y desactiva las Invias y la ANI la colección nacional de valorización en el área de influencia de los proyectos del Vía El Mar y el Circunvalar de la prosperidad».
Cepeda agregó que esta colección afectaría a más de 150,000 propietarios en diez municipios de Atlantic y Bolívar. Lo anterior, como se indicó, iba a detener «el desarrollo del turismo inmobiliario de esta franja costera que ha tenido un auge muy importante».
Manuel Fernández Ariza, presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Barranquilla, describió el fallo como justo porque tenía la intención de cobrar por secciones de carreteras que se hicieron hace mucho tiempo. «Eso no fue planeado. No existen las reglas del juego, se generarían daños y daños para los hogares y las empresas en el futuro», concluyó.
Efraín Cepeda, Presidente Ejecutivo del Comité Intergremial Atlántico, en diálogo con el tiempo. Foto:Sergio Cárdenas / El TIempo
Finalmente, el gobernador del Atlántico, Summer of the Rose, le dijo a este periódico que La determinación de la Corte «fue lo que todos reclamaron» ya que, según él, «no hay forma de justificar una colección de valorización de un trabajo que ya existe o está a punto de hacer», porque el camino doble no ha terminado.
¿Qué dice el fallo de la corte?
El pronunciamiento, con la presentación del juez Miguel Polo Rosero, Cancela la disposición que permitió al ejecutivo recaudar la contribución por valorización hasta cinco años después del final de las obras de infraestructura.
El Tribunal Superior consideró que dicha regla carecía de una conexión directa e inmediata con los propósitos del Plan Nacional de Desarrollo, como lo exige la jurisprudencia en el campo de la materia. Además, concluyó que no se demostró que esta modificación era indispensable para la ejecución de los proyectos o que los recursos sin la norma eran insuficientes.
Apartamentos en el mar en Cartagena. Foto:John Montaño/ The Time
La demanda fue presentada en septiembre de 2023 por el senador liberal Mauricio Gómez Amín, quien argumentó que el artículo no solo violó el principio de la unidad de la materia, sino que también alteró inconstitucionalmente la regla establecida en el artículo 249 de la ley 1819 de 2016, que limita la recopilación de la valorización a la etapa anterior o durante la lectura de las obras.
Según Gómez, la norma afectó los derechos adquiridos y socavó la buena fe de los contribuyentes que ya se habían ajustado al marco legal actual.
El tribunal también encontró una posible violación de los artículos 83 y 363 de la Constitución, por comprometer la seguridad legal y la confianza legítima de los ciudadanos contra las reglas fiscales. Con la Declaración de Información de Información, el estándar original que evitó que la colección se hiciera una vez que se concluyó los proyectos.
Entrevista con el alcalde de Barranquilla. Foto:
Aura saavedra
Especial enviado a Barranquilla